¿Qué es el Consejo Local de Planificación Pública?
La ley de los Consejos Locales de Planificación Pública (CLPP) señala que:
- Es el órgano encargado de la planificación integral del Municipio.
- Diseña el Plan de Desarrollo Municipal y los demás planes municipales.
- Garantiza la participación ciudadana y protagónica en la formulación, ejecución, seguimiento, evaluación y control de los planes municipales, así como su articulación con el Sistema Nacional de Planificación.
- De conformidad con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las leyes.
- El Consejo Local de Planificación Pública responderá a las características propias de cada Municipio.
Integración del CLPP
El CLPP está conformado por:
- Alcalde del Municipio, quien será el Presidente
- Concejales
- Presidentes de Juntas Parroquiales
- Consejeros(as) por las Organizaciones Vecinales y Comunitarias (OVC)
- Consejeros(as) por las Organizaciones Sectoriales (OS)
- Consejeros(as) por las Comunidades Indígenas (CI), donde las hubiere
El Alcalde, Concejales y Presidentes de Junatas Parroquiales son miembros natos del CLPP; de acuerdo al artículo 6 de la Ley de los CLPP, se deben elegir a los consejeros(as) de los puntos 4, 5 y 6, de acuerdo a lo siguiente:
- La sumatoria de los miembros natos más tres (3) será el número de consejeros a elegir por las OVC, OS y CI, quedando distribuidos de acuerdo a la Ley de la siguiente manera:
º El 40% de los consejeros(as) restantes, se escogerá de las OS. El mecanismo de elección es la Asamblea Sectorial.
Importancia de los CLPP
Recordando que los CLPP forman parte de la estructura del Sistema Nacional de Planificación Participativa (SNPP), éstos deben funcionar de manera eficiente, eficaz y efectiva de acuerdo a los requerimientos y potencialidades del Municipio, elaborando el Plan y Presupuesto de Inversión Anual a través del Presupuesto Participativo y cumpliendo las funciones que les compete.
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